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2 de enero de 2026

En principio, se trasladaría el porcentaje acumulado de aumentos salariales negociados por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional
Por medio de la publicación del Decreto 931/2025, el jefe de Estado aprobó la modificación en el esquema salarial, que llevaba congelado desde diciembre de 2023. Asimismo, se instruyó a la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública a implementar “un nuevo sistema del empleo público en el ámbito del Sector Público Nacional”.
De esta manera, se solicitó una modificación en los “mecanismos de ingreso por mérito, evaluación periódica del desempeño, movilidad basada en competencias y esquemas de remuneración vinculados a la responsabilidad y funciones, garantizando la transparencia, la igualdad de oportunidades y la profesionalización de la dotación“.
Por este motivo, informaron que, a partir de este mes, se traslada el porcentaje acumulado de aumentos salariales negociados por la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional —convenios aprobados en fechas específicas entre enero de 2024 y julio de 2025— a las retribuciones de los ministros, secretarios, subsecretarios y a funcionarios de rango equivalente.
En el considerando, las autoridades explicaron que la decisión de aprobar los incrementos se sustentaron, por un lado, por el tiempo que estuvo vigente el congelamiento y, por otro lado, por el saneamiento que se logró hacer en las cuentas públicas a lo largo de la gestión.
“Se han logrado acumular 22 meses de superávit fiscal”, destacaron al agregar que la sostenibilidad demostrada por el programa económico generó un descenso en el índice de pobreza. En este sentido, valoraron que la situación de emergencia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social se había estabilizado para finales de 2025.
A pesar de esto, una de las cláusulas claves determinó que, si el Ministerio de Economía constatara públicamente la existencia de déficit fiscal financiero acumulado, las retribuciones mencionadas “quedarán automáticamente congeladas” y quedará suspendida la aplicación de nuevos incrementos, incluso aquellos ya aprobados.
“La suspensión operará de pleno derecho, sin necesidad del dictado de un acto administrativo, y se mantendrá vigente hasta tanto se restablezca el resultado fiscal financiero superavitario”, dictaminaron. Asimismo, se facultó a la Secretaría de Transformación del Estado y Función Pública a reglamentar las normas necesarias para aplicar la norma.