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17 de junio de 2021

El proyecto de reglamentación de la profesión de abogados y procuradores divide opiniones

Desde el Consejo de Abogados entienden que “la colegiación legal” es la “mejor forma posible de organización del ejercicio profesional”, porque permitiría que sean los propios matriculados quienes “ejerzan el control del ejercicio de la profesión”. Desde el Colegio de Abogados de Resistencia, el proyecto tiene un texto normativo “absolutamente completo e integrador de la regulación del ejercicio profesional”.

El debate de larguísima data sobre el ejercicio de la profesión de Abogados y Procuradores se reavivó con el ingreso del proyecto 1289/2021 a la Cámara de Diputados y volvió a generar posturas encontradas entre los profesionales chaqueños. La iniciativa, firmada por buena parte de la bancada del Frente Chaqueño encabezada por su presidente, Juan Manuel Pedrini, apenas ha iniciado su trámite parlamentario por lo que se espera una extensa discusión, en un primer momento en las comisiones y luego en el recinto legislativo que integran varios abogados.

Desde el Consejo Profesional de Abogados, que conduce Ricardo Urturi, expresaron su “convicción” de que la “mejor forma posible” de organización del ejercicio profesional de la Abogacía, como de cualquier otra profesión liberal, es la “colegiación legal”. Sostienen en este sentido que esa forma de organización supone que el Estado delega en una organización que crea al efecto, el Colegio Público, la “competencia para la organización de la matrícula profesional y para que sean los propios matriculados los que ejerzan el control del ejercicio de su profesión”. “Se trata de realizar en los ámbitos profesionales los mismos principios de autogobierno democrático y de gobierno representativo que rige en los ámbitos más elevados de la comunidad política y que han sido vistos desde siempre como los que más respetan la dignidad de las personas humanas, otorgándoles la posibilidad de tomar sus propias decisiones, en libertad y mediante el intercambio racional de ideas”, añadieron.  

Desde la entidad celebraron  esta nueva posibilidad de discutir el modelo de organización a partir del proyecto de ley presentado por gran parte del Bloque del Frente Chaqueño, “proponiendo la derogación del régimen legal hoy vigente e instaurando la colegiación legal de la abogacía en la provincia del Chaco”. En este sentido sostuvieron que la “colegiación legal no es inconstitucional, en tanto que ha sido convalidada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación”.

También descartaron la tesis de la “onerosidad del sistema”, habida cuenta de que el proyecto de ley que se ha presentado “contempla un monto absolutamente mínimo, tanto porque cualquier base económica es discutible y su decisión queda además, siempre, en manos de los propios matriculados”.

De la misma manera consideraron que es un “mito” la imposibilidad de que los abogados puedan juzgar su propia ética. “La ética profesional se nutre de las pautas que una comunidad de profesionales entiende como las ideales y aceptables para el adecuado y correcto ejercicio de esa profesión liberal, razón elemental por la cual en su juzgamiento deben intervenir los que practican esa profesión, no quienes son abogados pero no ejercen esa práctica”, remarcaron. “Todo lo que hay en el proyecto de ley que se ha presentado puede ser seguramente mejorado si el norte que nos inspira es la búsqueda sincera de la mejor forma de organizar nuestra profesión”, aseguraron desde el Consejo Profesional de Abogados.

 

"Atropello a la ley vigente"

En tanto, desde el Colegio de Abogados y Procuradores de Resistencia, consideraron que la iniciativa ingresada a la Legislatura implica un “nuevo atropello contra el libre ejercicio profesional”, basado en el “desconocimiento de la Vigencia Reglamentaria de la Ley 2275 B (ex 7524)”. En ese marco, recordaron que desde fines del año 2014, está vigente la Ley Reglamentaria del Ejercicio de Abogados y Procuradores del Chaco, que contiene un texto normativo “absolutamente completo e integrador de la regulación del ejercicio profesional”. La norma consta de 41 artículos, divididos en Seis Títulos, a la vez subdivididos en Capítulos. 

Desde el Colegio entendieron que el nuevo proyecto, firmado por “una parte" de los legisladores de la bancada oficialista “desconoce la propia historia de una Ley que recorrió toda la Provincia durante la mayor parte del año 2014, previo a la sanción realizada el 10 de diciembre".  “Mediante comisiones itinerantes, los diputados provinciales, los representantes de los Colegios de Abogados y las fuerzas vivas de cada rincón provincial, se hicieron presentes, se escucharon todas las voces, durante varios días de jornadas consecutivas e ininterrumpidas”, recordaron, y apuntaron que la ley tuvo “el respaldo unánime de los Legisladores”.

En consecuencia, desde el Colegio entendieron que el proyecto presentado implica una “Colegiación Compulsiva, con un sesgo sectario y de recaudación y encarecimiento”, no sólo “para el abogado” que ejerce la profesión, sino “para la sociedad toda al encarecer y dificultar el acceso a la Justicia”.

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