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ECONOMíA

11 de febrero de 2021

Aumento de jubilaciones en marzo: la primera suba con la nueva fórmula rondaría el 8% y la mínima se elevaría a casi 20.600 pesos

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El dato surge de la combinación en partes iguales de la suba en el último trimestre de 2020 del 9,42% del Índice de Salarios de Indec y de los Recursos Totales de la Anses, estimados en 6,8 por ciento.

Con el adelanto por parte del Indec de la variación del Índice de Salarios en diciembre de 2020, fue 1,8%, que estaba previsto para el 26 de febrero, se completó otro de los nuevos ingredientes de la fórmula de movilidad, que toma como referencia para el ajuste de marzo el último trimestre del año anterior.

“El adelantamiento se efectúa con el objetivo de proporcionar información oportuna y de acceso simultáneo a toda la población que permita al organismo competente de la Administración Pública Nacional calcular el índice trimestral de movilidad previsional establecido en la Ley N° 27.609, promulgada en diciembre pasado. Las fechas de los informes del Índice de salarios de mayo, agosto y noviembre de 2021 serán oportunamente comunicadas, mientras que las restantes se mantienen sin modificaciones”, precisó el organismo que dirige el economista Marco Lavagna.

En el trimestre octubre a diciembre 2020 el Ripte aumentó 8,17%; el Índice de Salario del Indec 9,42% y los Recursos Totales de la Anses, según se desprende de la planilla de recaudación de la AFIP, 6,78%, sólo queda precisar si esta última variación aumenta o disminuye en el promedio por beneficiario para poder completar la fórmula, y que las autoridades hagan el anuncio formal en los próximos días.

El aumento beneficiará a los 5,3 millones de jubilados, 3,1 millones de pensionados y también a otras 13,5 millones de personas que reciben la AUH y otras asignaciones familiares

Con la aplicación de la nueva fórmula de ajuste de las jubilaciones con una base de referencia del último trimestre calendario previo al del mes de actualización, en lugar del desfase en un semestre, y con otros componentes que regían hasta septiembre de 2019, porque el Gobierno la suspendió para el ajuste de diciembre de ese año, el conjunto de jubilados y pensionados, y por “factor de enganche” de los perceptores de la Asignación Universal por Hijo, Infobae estimó que recibirán en marzo un aumento en torno a 8,1 por ciento.

Ese ajuste surge del decreto del presidente Alberto Fernández que reglamentó la Ley 27.609, publicado en el Boletín Oficial del 4 de enero, que combina un 50% de la recaudación de la Anses y otro 50% de la variación salarial más alta que registre la evolución de los salarios formales que realiza el Ministerio de Trabajo (Ripte) y el índice del Indec.

La titular de la Anses, Fernanda Raverta, y el ministro de Economía, Martín Guzmán, esperaban que el primer ajuste con la nueva fórmula superara al que hubiese correspondido con el anterior régimen

La titular de la Anses, Fernanda Raverta, y el ministro de Economía, Martín Guzmán, esperaban que el primer ajuste con la nueva fórmula superara al que hubiese correspondido con el anterior régimen

La nueva fórmula incluyó como uno de los componentes la variación de los Recursos Totales de la Anses por beneficio (neto de eventuales aportes del Tesoro para cubrir déficits de la Administración Nacional de la Seguridad Social), elaborado por el organismo, con una ponderación del 50%, en sustitución del índice de inflación que representaba el 70%, junto con 30% de los salarios, que ahora sube a 50%, y toma en cuenta la variación mayor en el trimestre calendario previo al de la actualización –para marzo, el de octubre a diciembre– entre el Índice de Salarios del Indec y la correspondiente a la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).

El aumento beneficiará a los 5,3 millones de jubilados, 3,1 millones de pensionados y también a otros 13,5 millones de personas que habitan en hogares que reciben la Asignación Universal por Hijo (AUH) y las asignaciones familiares.

El haber mínimo que percibe la mitad de los jubilados del régimen general pasaría de $19.035 a $20.577 y los AUH de $3.716,84 a $4.018. El haber máximo, excepto para los casos especiales de quienes ocuparon los máximos cargos en el Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Fuerzas Armadas y personal de alto rango de la Cancillería, se elevaría de $133.242 a 144.034 pesos.

Este proyecto de ley lleva a que sólo el 0,4% del total de los jubilados, jubiladas, pensionados y pensionadas continuarán pagando Ganancias y además pagarán menos (Raverta)

Según el método que rigió durante la segunda mitad del gobierno de Cambiemos, el incremento hubiese sido de 7,18%, unos $ 174 menos para el haber mínimo del que habría arrojado la aplicación del nueva fórmula que determinó la Ley 27.609 para el caso de más del 65% de los beneficiarios que percibirán desde marzo un bruto aproximado a $20.577, como consecuencia de una tasa de inflación en el trimestre julio a septiembre de 2020 de 7,66% y del Ripte de 6,08 por ciento.

Impacto del eventual cambio de Ganancias

El alcance y el impacto del proyecto de modificación del Mínimo no Imponible de Ganancias (MNIG) presentado por el diputado y presidente de la Cámara baja, Sergio Massa, beneficia a los jubilados y pensionados de altos ingresos por partida doble:

- En primer lugar, porque a diferencia del punto de partida, en valores brutos, de $150.000 que propone para el conjunto de asalariados del sector público y privado, sube el MNIG de 6 haberes mínimos –actualmente de $114.212– a 8, equivalente a unos $164.615 por mes desde marzo, supera a la relación actual entre extremos que es de 6,7 veces.

- En segundo término, porque mientras el MNIG para los asalariados se actualiza una vez por año, en el caso de los jubilados y pensionados la movilidad aumenta los haberes cada tres meses: marzo, junio, septiembre y diciembre.

Fernanda Raverta, directora de Anses, dijo a la prensa: “Este proyecto de ley lleva a que sólo el 0,4% del total de los jubilados, jubiladas, pensionados y pensionadas continuarán pagando Ganancias y además pagarán menos por el incremento del Mínimo no Imponible”, unos 30.000, considerando que quedan excluidos de esa relación quienes perciben otro ingreso registrado como monotributista, autónomo o en relación de dependencia.

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