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JUDICIALES

18 de marzo de 2022

Absolvieron al catequista Salvador Medina en la causa por abuso sexual

Juan Salvador Medina fue absuelto por falta de prueba de la existencia del delito, que generó la duda razonable, en la causa por abuso sexual simple agravado por condición de encargado de educación (expediente 31.096/17-1) por la que llegó a juicio. Así lo resolvió, en sala unipersonal, Glenda Vidarte de Sánchez Dansey, jueza de la Cámara del Crimen N° 1 de Resistencia, a través de la sentencia Nº 38/22.

En las audiencias actuaron como partes: Graciela Griffith Barreto (fiscal de Cámara), Pablo Vianello (querellante) y Enrique Fernández e Israel Aguirre (defensores).
 
Al explicar los argumentos de su decisión, Vidarte, señaló: “la duda debe siempre ser interpretada a favor del imputado y es un obstáculo para condenar”, puesto que se trata de “un principio que hace al debido proceso legal que es imperativo en un Estado de derecho”.
 
También detalló que el abuso sexual simple consiste en “cualquier contacto con el cuerpo de otro con connotación sexual” que “así debe ser percibido por el otro”. En este caso, remarcó: “no se pudo probar con la certeza necesaria que el contacto haya impactado negativa ni traumáticamente en el menor. De allí surge la duda razonable que impide condenar”.
 
Sin embargo, el abogado querellante, Pablo Vianello, había manifestado al inicio del juicio que tenían las pruebas suficientes, entre testigos psicólogos y hastas con la Cámara Gesell para “acreditar los padecimientos que tuvo -el menor- por parte de este individuo”.
 
El letrado había esbozado también la posible “existencia de personas terceras que hayan intentado eludir, entorpecer e inclusive encubrir el hecho”.
 
EL CASO
 
La denuncia hacia el responsable de la clase de catequesis en el jardín de infantes del Colegio San José Obrero fue radicada hace cinco años, en octubre de 2017. Salvador Medina, el catequistsa, fue denunciado por supuesto abuso sexual contra un nene de 4 años, alumno de mencionada la institución.
 
En la denuncia se exponía que el hecho había ocurrido dentro de la iglesia ubicada en el predio del Colegio, encontrándose en ese momento a cargo de la guarda y de la educación religiosa del menor. 

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