Sábado 15 de Agosto de 2026

24 de mayo de 2021

Suspensión de clases presenciales: alternativas y responsabilidades para garantizar la continuidad pedagógica

El Ministerio de Educación de la Provincia estableció las distintas alternativas que deben tener en cuenta los equipos directivos y los y las docentes para garantizar la continuidad pedagógica a las trayectorias educativas de estudiantes ante la suspensión de clases presenciales en todos los niveles y modalidades hasta el 30 de mayo, en cumplimiento del Decreto Nº 1169/21 del Poder Ejecutivo.

Para ello, emitió el Memorándum Nº 32, del 23 de mayo del 2021, que fue firmado por las subsecretarías de Educación, de Planificación del Sistema Educativo, Ciencia y Tecnología y de Interculturalidad y Pluringüismo, para que sea tenido en cuenta por las direcciones Regionales, todos los supervisores y las supervisoras de todos los niveles y modalidades y los directores y las directoras de las instituciones escolares de toda la provincia.

El Memo dispone que “es responsabilidad de las instituciones educativas, sus equipos directivos y docentes, dar continuidad pedagógica a las trayectorias educativas de las y los estudiantes, en la modalidad no presencial/digital y en el marco del Documento Curricular de Saberes Prioritarios (Res. N° 924/21 MECCyT)”.

El documento marco estableció que “para el desarrollo de clases no presenciales se utilizarán las guías didácticas disponibles en la plataforma 'ELE'. También, podrán utilizarse guías de actividades diseñadas por los equipos de enseñanza de cada curso/división o los cuadernillos del Programa Seguimos Educando 2020. Las guías de actividades se enviarán a las y los estudiantes en forma directa, por los medios que la institución disponga”. Se estableció que la celebración del acto del 25 de Mayo se realizará de manera virtual, en la fecha de la Semana de Mayo que la institución considere pertinente.

 

Alternativas

 

Además, determinó que los establecimientos educativos deberán conservar guardias mínimas durante su horario escolar, conformada por un integrante del equipo directivo. Las mismas deberán facilitar las siguientes actividades de continuidad pedagógica:

1. Entrega de materiales educativos (material impreso, actividades, libros de texto, juegos didácticos, entre otros), recepción de actividades realizadas por estudiantes y devoluciones efectuadas por sus docentes.

2. Las escuelas que cuentan con conectividad deberán permanecer abiertas con el equipamiento disponible para la utilización de los y las estudiantes que no poseen medios digitales, sobre todo para quienes se encuentran en condición de riesgo pedagógico.

3. Los y las docentes que no poseen medios digitales conectados podrán asistir al establecimiento educativo usando las herramientas allí disponibles.

Por otra parte, el memo determinó que sólo se realizarán actividades administrativas que no requieran ingreso o egreso a través de las mesas de entradas, las cuales permanecerán cerradas.

Además, las Direcciones Regionales que cuenten con Equipos de Apoyo y Orientación Escolar brindarán tareas de acompañamiento y revinculación de estudiantes, así como de asistencia a situaciones complejas. A la vez que las Direcciones de Niveles y Modalidades dispondrán de Mesas de ayuda y apoyo pedagógico para los equipos técnicos, supervisores y docentes que lo requieran a través de las Direcciones Regionales, de manera no presencial.

Los supervisores y supervisoras orientarán a los equipos directivos, asesores pedagógicos, regentes en la re-programación / planificación de la enseñanza, considerando distintas posibilidades de acuerdo con la situación particular de cada escuela (entornos formativos como aulas virtuales, carpetas con actividades, etc.).

Los Promotores Socio-comunitarios del programa “Acompañar” se pondrán a disposición de las Direcciones Regionales para que le brinden la nómina de escuelas con escasa o nula vinculación tecnológica y estudiantes de mayor vulnerabilidad socioeconómica.

Asimismo, el Ministerio recuerda que se podrán utilizar el Fondo Escolar Insumos para Prevención de COVID-19 para “llevar adelante las actividades educativas en las escuelas”, incluyendo la impresión de materiales didácticos y adquisición de insumos para mantener la continuidad pedagógica en la modalidad no presencial (Memorándum 19/2021).

 

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