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30 de abril de 2021

Nuevo fallo de la Justicia Chaqueña para igualar los salarios de jueces y funcionarios

Es con una resolución del Superior Tribunal de Justicia ad hoc que intimó a los poderes Ejecutivo y Legislativo para que en 40 días cumplan con una sentencia que ordenó equiparar los salarios de jueces y funcionarios judiciales del Chaco a la media nacional por el principio de “intangibilidad”.

Un nuevo fallo de un Superior Tribunal de Justicia ad hoc volvió a meter presión sobre la caja provincial intimando a los poderes Ejecutivo y Legislativo del Chaco para que en un plazo de 40 días cumplan con la sentencia que ordenó equiparar en forma retroactiva (al mes de julio de 2020) los salarios de los jueces y funcionarios judiciales chaqueños a la “media nacional” (el promedio de lo que cobran sus pares en las otras provincias del país). La resolución se conoce a dos semanas de que el propio gobernador Jorge Capitanich recibiera al presidente del máximo tribunal de justicia del Chaco, Rolando Toledo, para abordar una agenda de trabajo conjunta, en la que estaba incluida la cuestión presupuestaria y en plena segunda ola de la pandemia por coronavirus que este viernes registró el mayor pico de contagios diarios en el Chaco con 400 casos.

La resolución fue dictada este jueves 29 de abril de 2021 y lleva las firmas de los subrogantes Fernando Heñín, Juan Martín Bogado, Adrián Farías, Sergio Cáceres Olivera y Oscar Clemente.

Ultimátum de 40 días 

Según consigna la resolución, tanto el Poder Ejecutivo como el Legislativo se encuentran en mora desde el 15 de diciembre de 2020 respecto del cumplimiento de la sentencia judicial (dictada el 10 de septiembre del mismo año) que les ordenó recomponer los salarios de los propios magistrados para garantizar el “principio de intangibilidad” de sus remuneraciones.

Los jueces subrogantes señalaron que siguen los lineamientos de “una justicia dialogal” para inducir a los otros poderes demandados a que “adopten una decisión compatible con la Constitución Provincial y Constitución Nacional” sin embargo no se privaron de advertir que eso no implica “resignar el poder ejecutorio propio de la función jurisdiccional, el cuál será ejercido en el supuesto de que no se restablezca el orden constitucional dentro del plazo de cuarenta días contados a partir de la notificación” de esta resolución.

 

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